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Baño para discapacitados - ¿qué dicen las regulaciones?

08-04-2019

baño para personas con discapacidad

Las personas con discapacidad se enfrentan diariamente a muchas barreras que les impiden funcionar normalmente. En este caso, la palabra "barrera" debe entenderse a veces de manera muy literal, ya que se refiere a muchas barreras arquitectónicas. Lo mismo ocurre con el baño, que no ha sido adaptado a las necesidades de las personas con discapacidad. Afortunadamente, existen regulaciones adecuadas que indican cómo hacerlo bien y qué directrices seguir.

Baño para personas con discapacidad - ¿qué hay que saber?

Usar el baño puede ser un desafío mayor para las personas con discapacidad que correr un maratón. Especialmente para las personas con discapacidad motora, incluyendo aquellas que se desplazan en silla de ruedas, que primero deben superar las puertas y luego, por ejemplo, transferirse de la silla de ruedas a la ducha, etc. Por lo tanto, es muy importante adaptar el baño para personas con discapacidad de acuerdo a sus necesidades y para que puedan usarlo de manera independiente y sin restricciones.

Es fundamental que el baño para discapacitados esté equipado con los accesorios y equipamientos necesarios, como barras y agarraderas para discapacitados, asientos de ducha especiales para discapacitados. También el lavabo y el inodoro para personas con discapacidad deben ser adecuados. En un baño público, también será importante instalar una secadora de manos.

Para adaptar un baño para una persona con discapacidad motora, se puede obtener un subsidio del PFRON que cubre hasta el 95% de los costos.

Baños para discapacitados - regulaciones y leyes

Diseñar y construir baños para personas con discapacidad debe basarse en las leyes del sistema legal polaco. En el caso de los baños para personas con discapacidad, la base es la Ley de Construcción. Una norma especialmente importante en el caso de los baños para personas con discapacidad es la contenida en su artículo 5, párrafo 1, punto 4 de la Ley de Construcción, que establece que "El edificio junto con sus instalaciones relacionadas debe ser diseñado y construido de acuerdo con las disposiciones, incluidas las técnicas y de construcción, y de acuerdo con los principios del conocimiento técnico, garantizando las condiciones necesarias para que las personas con discapacidad puedan utilizar los edificios de uso público y de viviendas multifamiliares".

Orientaciones adicionales y más detalladas para los baños para personas con discapacidad se encuentran en el Reglamento del Ministro de Infraestructura del 12 de abril de 2002 sobre las condiciones técnicas que deben cumplir los edificios y su ubicación. Las disposiciones específicas sobre baños para personas con discapacidad se encuentran en el capítulo 6, "Instalaciones sanitarias e higiénicas". Sin embargo, es importante destacar que las disposiciones sobre baños para personas con discapacidad contenidas en estos documentos son de aplicación obligatoria, especialmente en el caso de los baños para personas con discapacidad en lugares públicos, donde al menos un baño debe cumplir con estas normas. En el caso de, por ejemplo, apartamentos privados, el diseño del baño para personas con discapacidad debe ser tratado de manera individual.

Las normas sobre baños para personas con discapacidad también incluyen el derecho de la Unión Europea y el derecho internacional, como la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Baños para personas con discapacidad - dimensiones y normas

Aunque la ley regula los baños para personas con discapacidad, en el caso de determinar las dimensiones de los baños para personas con discapacidad, no deja muchas indicaciones.

  • Las regulaciones establecen que se debe mantener un espacio de maniobra con dimensiones de 150 cm por 150 cm.
  • Las puertas de los baños para personas con discapacidad en edificios públicos deben tener un mínimo de 90 cm.
  • La cabina de ducha con dispositivos para personas con discapacidad debe tener un mínimo de 2,5 m² y una anchura de 150 cm.

Pero las dimensiones mínimas para el inodoro para personas con discapacidad y las normas para la instalación de accesorios para personas con discapacidad se pueden encontrar en muchas publicaciones sobre el diseño de baños para personas con discapacidad. Es importante seguir los principios del diseño universal y la ergonomía. Las dimensiones y alturas de instalación para cada elemento del equipamiento del baño para personas con discapacidad y las normas adoptadas son:

  • Cuenco de inodoro - la altura del cuenco debe ser de 45-50 cm desde el suelo, su longitud debe ser de al menos 70 cm, y la distancia entre el borde frontal del cuenco y el respaldo que permite mantener una posición sentada debe ser de 55 cm. La altura de instalación del portarrollos de papel higiénico debe ser de 100-120 cm desde el nivel del suelo. Lo mismo para el botón de descarga del agua. Los agarres para personas con discapacidad deben estar a una altura de 80-85 cm.
  • Lavabo - el espacio de maniobra frente al lavabo debe ser de 90 por 120 cm, donde el lado más largo esté en el eje del lavabo, y debajo del lavabo puede haber no más de 45 cm de este espacio. La parte inferior del lavabo debe estar por encima de las rodillas de la persona sentada en una silla de ruedas, es decir, al menos 70 cm desde el suelo. El ancho mínimo del lavabo es de 60 cm. Los agarres para personas con discapacidad deben estar a una altura de 80-85 cm.
  • Ducha - la superficie mínima del plato de ducha es de 90 por 90 cm. Altura de suspensión del asiento de ducha: 43-48 cm desde el suelo. La rejilla debe estar debajo del asiento de ducha.

En cuanto al diseño y construcción de baños para personas con discapacidad, se deben seguir las leyes vigentes en Polonia. Y donde no haya leyes, se deben utilizar buenas prácticas y directrices de diseño. También es importante recordar que en este caso, el interés de las personas con discapacidad es lo más importante.

 

Ryszard Kurek

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